Firma legal hondureña. Asesoría corporativa, cumplimiento y permisos; litigio laboral y contencioso administrativo.

Publicaciones · La Gaceta 2026 · Administración pública

¿Qué instituciones suprimió e intervino el PCM-004-2026?

Por Jourdan Aquino

Respuesta corta

El Decreto Ejecutivo PCM-004-2026, del 24 de febrero de 2026, suprimió la SEDECOAS, la Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción, la Secretaría de Planificación Estratégica, el Programa de la Red Solidaria y otras dependencias; intervino siete instituciones, entre ellas INPREMA y SANAA, y fijó en 22 el número de Secretarías de Estado. El personal de lo suprimido se liquida conforme al Código del Trabajo o a la Ley de Servicio Civil, según su régimen.

Lo que se suprimió

Los artículos 1, 2, 5, 9 y 19 del PCM-004-2026 suprimen dependencias del Poder Ejecutivo y derogan los decretos que las crearon. El cuadro reúne las principales y, cuando el decreto lo dice, a dónde pasan sus funciones o proyectos.

Dependencias suprimidas por el PCM-004-2026
DependenciaArtículoDestino que fija el decreto
Secretaría de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS)1Sus proyectos pasan a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (art. 11)
Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción2No indica
Secretaría de Planificación Estratégica2No indica
Secretaría para el Desarrollo y Seguimiento de Proyectos2No indica
Programa de la Red Solidaria2 y 19Proyectos del BID, BM y BCIE a la Secretaría de Desarrollo Social (art. 18)
Programa de Vivienda y Asentamientos Humanos y Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA)2 y 5Secretaría de Vivienda y Asentamientos Humanos; el Fondo Social de la Vivienda (FOSOVI) se cierra y liquida
Servicio Aeroportuario Nacional (SAN)9Se restablece el modelo con EHISA, S.A.
Administración Nacional de Servicio Civil (ANSEC)19Se restablece la estructura de la Ley de Servicio Civil y su Reglamento
PROASOL, Instituto Nacional de la Memoria Histórica y otros programas y comisiones19No indica

El artículo 20 deroga además tres instrumentos de la administración anterior, entre ellos el PCM 14-2025, que creó la Cátedra Morazánica, y el Acuerdo PCM 30-2025, que reconocía la antigüedad laboral acumulada del personal por contrato que pasó a nombramiento, para efectos de cesantía y vacaciones.

Las 22 Secretarías de Estado

Como resultado de los cambios, el artículo 6 enumera las Secretarías de Estado que integran el Poder Ejecutivo:

  • 22Secretarías de Estado según el artículo 6
  • 7instituciones intervenidas (artículo 17)
  • 6 mesesde transición para el cambio de ejecutor de proyectos (artículo 18)

Gobernación, Justicia y Descentralización; Presidencia; Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional; Finanzas; Derechos Humanos; Niñez, Adolescencia y Familia; Asuntos de la Mujer; Desarrollo Social; Salud; Educación; Desarrollo Económico; Trabajo y Seguridad Social; Agricultura y Ganadería; Recursos Naturales y Ambiente; Energía; Seguridad; Defensa; Infraestructura y Transporte; Vivienda y Asentamientos Humanos; Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales; las Culturas, las Artes y los Patrimonios de los Pueblos de Honduras; y Turismo.

Las instituciones intervenidas

El artículo 17 interviene el Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA), el Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA), la Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología y la Innovación y el Instituto Hondureño de Ciencias, Tecnología e Innovación (SENACIT/IHCIETI), el Ferrocarril Nacional de Honduras, el Instituto Hondureño para la Prevención del Alcoholismo, Drogadicción y Farmacodependencia (IHADFA), el Instituto de Crédito Educativo (EDUCRÉDITO) y el Programa Nacional para la Reducción de Pérdidas (PNRP) de la ENEE. Intervenir no es suprimir: la institución sigue existiendo, pero bajo la conducción de una comisión interventora, que según el mismo artículo se integrará por decretos posteriores.

Adscripciones y traslados

  • Presidencia de la República. La Televisión Nacional de Honduras, la Radio Nacional de Honduras y el Diario Nacional de Honduras, en formato digital, quedan como dependencias suyas (art. 10).
  • Infraestructura y Transporte. Se le adscribe el FHIS y recibe los proyectos de la SEDECOAS y el Proyecto Presa El Tablón, Etapa I (art. 11).
  • Finanzas. Se le adscribe la ONCAE (art. 12) y recibe los recursos presupuestarios de las instituciones suprimidas o modificadas (art. 24).
  • Otras adscripciones. La Dirección General de Cinematografía pasa a la Secretaría de las Culturas, las Artes y los Patrimonios de los Pueblos de Honduras; la Dirección Nacional de Parques y Recreación, a CONDEPOR; y la Comisión Nacional de Protección Portuaria, a la Dirección General de la Marina Mercante (arts. 13 a 15).

Liquidación, personal y bienes

  1. Comisión liquidadorala integra Finanzas de inmediato (art. 21)
  2. Personalpago según Código del Trabajo o Servicio Civil (art. 23)
  3. Bienes y archivoslos recibe y reasigna la DNBE (art. 26)
  4. Juicioslos asume la PGR, que puede conciliar (art. 22)

Etapas descritas en los artículos 21 a 27 del PCM-004-2026.

El artículo 23 distingue dos regímenes. Al personal por contrato se le pagan las indemnizaciones del Código del Trabajo; al personal permanente bajo el régimen de Servicio Civil, lo que corresponda según esa ley y su reglamento. Las comisiones asumen las obligaciones posteriores con el presupuesto asignado, y sus miembros no responden personal ni solidariamente por ellas (artículo 25). El Tribunal Superior de Cuentas puede practicar auditoría concurrente mediante convenios (artículo 27). Aparte, el artículo 29 ordena a los titulares de las instituciones centralizadas, desconcentradas y descentralizadas revisar la legalidad de los procesos de nombramiento y, si encuentran anormalidades, iniciar los procesos legales correspondientes.

Fundamento legal

  • PCM-004-2026. Artículos 1, 2, 5, 9, 19 y 20 (supresiones y derogaciones), 6 (Secretarías de Estado), 10 a 15 (adscripciones), 17 (intervenciones), 18 (cambio de ejecutor de proyectos), 21 a 27 (liquidación, personal y bienes), 29 (revisión de nombramientos) y 33 (vigencia).
  • Constitución de la República. Artículos 245, numerales 2 y 11, y 252, citados en los considerandos.
  • Ley General de la Administración Pública. Artículos 4, 22 numeral 3 y 98, citados en los considerandos.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa con el personal de una institución suprimida?

Las Comisiones Técnicas Liquidadoras, con las direcciones administrativas y de personal, deben pagar al personal por contrato las indemnizaciones del Código del Trabajo; al personal permanente bajo el régimen de Servicio Civil, lo que corresponda conforme a esa ley y su reglamento (artículo 23).

¿Quién responde por las obligaciones y los juicios de las instituciones suprimidas?

Las Comisiones Técnicas Liquidadoras asumen las obligaciones posteriores con el presupuesto asignado (artículo 25), y la Procuraduría General de la República asume la representación legal del Estado en los procesos judiciales, con facultad de conciliar (artículo 22).

¿Qué significa que una institución esté intervenida?

Que su conducción pasa a una comisión interventora. El artículo 17 dispone que esas comisiones se integrarán por decretos posteriores.

¿Qué pasó con los proyectos financiados por el BID, el Banco Mundial y el BCIE?

El artículo 18 autoriza a Finanzas a formalizar ante los organismos financieros el cambio de ejecutor. Por ejemplo, los proyectos de la Red Solidaria pasan a la Secretaría de Desarrollo Social.

¿Desde cuándo rige?

El artículo 33 lo declara de ejecución inmediata. Se publicó en La Gaceta No. 37,079 el 25 de febrero de 2026.

Esta publicación describe el contenido de una norma publicada en La Gaceta y es información general; no sustituye la revisión de su caso. Las normas cambian: verifique la vigencia antes de actuar, o consúltenos. Fuentes: La Gaceta No. 37,079 (ENAG).

Secretarías de Estado 22

Consultar por WhatsApp